Guía práctica · primera revisión gratuita

Indemnización por expropiación

Qué puede incluir y de qué depende cuánto se cobra

Puede que todavía no le hayan comunicado ninguna cantidad, que solo sepa que una obra afecta a su propiedad o que ya aparezca una valoración en el expediente. No hace falta tener una oferta para revisar qué tipo de afección existe y qué elementos pueden ser relevantes económicamente.

No necesita tener una oferta
Revisamos la afección y la fase
Primera revisión gratuita
No existe una cifra universal

La cantidad depende del expediente

La superficie es solo una parte. Primero hay que identificar qué se expropia o limita y qué reglas de valoración resultan aplicables.

Bien o derechoQué está afectado
Tipo de afecciónDefinitiva, servidumbre o temporal
PerjuiciosQué consecuencias deja
?

¿Solo quiere saber cuánto podrían pagar? Puede enviarnos la documentación disponible aunque todavía no figure ninguna cifra.

La pregunta más habitual

¿Cuánto pagan por una expropiación?

No existe un precio único por metro cuadrado ni una tabla general que permita conocer la cantidad sin analizar el bien, el derecho afectado y el expediente.

Una cifra aislada puede ser engañosa

Dos fincas con la misma superficie pueden tener una valoración distinta por su situación jurídica, uso, características, construcciones, cultivos, accesos o por la forma en que la actuación afecta al resto.

Además, no es lo mismo una expropiación definitiva que una servidumbre o una ocupación temporal.

Por eso la primera pregunta no debería ser solo “cuánto pagan”.Conviene saber primero qué está afectado, con qué intensidad y qué documento se está valorando.
Qué cambia la valoración

Factores que conviene identificar antes de hablar de una cantidad

No todos tienen que existir en cada expediente. Sirven para entender qué información necesita una valoración seria.

01

Qué bien o derecho se afecta

Terreno, vivienda, local, nave, instalaciones, derecho de paso, servidumbre u otro elemento del expediente.

02

Superficie y alcance real

Qué parte se adquiere definitivamente, qué parte queda limitada y qué zonas se utilizan solo durante las obras.

03

Uso y características

La naturaleza del suelo y el uso real pueden condicionar el método y los datos necesarios para la valoración.

04

Qué ocurre con el resto

Una expropiación parcial puede dejar consecuencias sobre accesos, forma, utilidad o funcionamiento de la parte no expropiada.

05

Elementos existentes

Cultivos, cierres, construcciones, instalaciones u otros bienes presentes deben identificarse cuando sean relevantes.

06

Momento del expediente

No tiene el mismo significado una previsión inicial, una hoja de aprecio, una valoración administrativa o un justiprecio ya fijado.

Según el expediente

¿Qué puede formar parte de la cantidad total?

La respuesta depende del tipo de afección y de quién sea titular de cada derecho. No todos los conceptos se aplican automáticamente ni se calculan sobre la misma base.

Justiprecio

Bienes o derechos expropiados

El núcleo de la valoración es el justo precio de aquello que se adquiere o expropia.

Entender el justiprecio ↗
Expropiación parcial

Perjuicios sobre la finca restante

Si solo se expropia una parte y el resto resulta perjudicado, esos efectos pueden ser relevantes en los términos previstos legalmente.

Ver demérito ↗
Elementos existentes

Cosechas, instalaciones u otros bienes

Determinados elementos presentes en la finca pueden requerir una valoración específica según su naturaleza y titularidad.

Derechos de terceros

Arrendamientos y otros derechos

La expropiación puede afectar a personas distintas del propietario y generar valoraciones diferenciadas.

Premio de afección

El 5 % no se aplica a todo indistintamente

La Ley contempla un premio de afección y el Reglamento precisa sobre qué base se calcula y sus excepciones.

Ver premio de afección ↗
Afecciones temporales

Uso temporal, daños y restitución

Cuando existe ocupación temporal, la normativa contempla un régimen propio para los perjuicios derivados de ese uso.

Ver ocupación temporal ↗

Importante: esta lista sirve para ordenar el expediente, no para asumir que todos los conceptos correspondan en todos los casos. La documentación y la afección concreta determinan qué puede defenderse.

Solo si ya existe una cifra

¿Qué conviene revisar antes de aceptar una cantidad?

Esta parte solo aplica si ya aparece una propuesta, valoración, hoja de aprecio, acuerdo o resolución.

01

Qué documento contiene la cifra

No tiene el mismo efecto una propuesta informal, un acuerdo, una hoja de aprecio o una resolución.

02

Qué superficie y derechos se han considerado

Planos, metros y tipo de afección deben corresponder con la realidad del expediente.

03

Cómo se ha formado la valoración

Conviene conocer qué partidas aparecen, cuáles no y qué criterio se ha aplicado a cada una.

04

Qué plazo o consecuencia tiene actuar

Antes de aceptar, rechazar o no contestar debe identificarse la fase y el efecto de esa decisión.

¿Ya aparece una cantidad en su expediente?

Puede enviarnos la documentación para una primera revisión gratuita antes de decidir qué hacer.

Consultar gratis
Una búsqueda frecuente

¿Existe un precio por m² de terreno expropiado?

No existe un precio nacional único que pueda aplicarse a cualquier finca. En suelo rústico o urbano intervienen reglas de valoración y circunstancias diferentes.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre la indemnización

¿Cuánto pagan por una expropiación?

No existe una cifra única. Hay que identificar el bien o derecho, la afección, la normativa de valoración aplicable y los conceptos que correspondan al expediente concreto.

¿Necesito haber recibido ya una oferta?

No. Puede solicitar una primera revisión desde que sabe que su propiedad puede estar afectada o desde que recibe cualquier documentación relacionada con el proyecto.

¿El valor catastral determina la indemnización?

No por sí solo. La valoración expropiatoria responde a las normas aplicables al bien o derecho y a la situación concreta del expediente.

¿El premio de afección es siempre el 5 % de todo?

No. La Ley contempla el cinco por ciento y el Reglamento determina su base de cálculo y los supuestos en los que procede, por lo que no debe añadirse indiscriminadamente a cualquier partida.

¿Qué ocurre si solo me expropian una parte?

Si la expropiación parcial causa perjuicios a la parte restante, esos perjuicios pueden ser relevantes en la valoración cuando concurran los requisitos aplicables.

¿Qué hago si ya me han comunicado una cantidad?

Primero conviene identificar qué documento es, qué se está valorando y qué plazo existe. Si hay desacuerdo, la actuación dependerá de la fase: hoja de aprecio, justiprecio, Jurado u otra situación.

Primera revisión gratuita

¿Su propiedad está afectada por una expropiación?

No necesita tener una oferta ni saber cuánto deberían pagarle. Envíenos lo que tenga y revisamos qué documento es, qué afección aparece y si podemos ayudarle con la gestión.

No hace falta que exista todavía una cantidad.
Puede enviar únicamente la documentación disponible.
La primera revisión es gratuita y sin compromiso.

Cuéntenos brevemente la situación

Si prefiere, deje sus datos y le contactaremos para saber qué documentación tiene.

Le contactaremos para conocer la situación y, si es necesario, solicitar la documentación después.

Mismo procedimiento

Siguientes cuestiones dentro del procedimiento expropiatorio

Estas páginas desarrollan fases y decisiones directamente relacionadas: acta previa, valoración, alegaciones, justiprecio y vías de revisión.

Revisión jurídico-técnica

Contenido revisado por Antonio Matías Ortiz de Zárate

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión jurídico-técnica Antonio Matías Ortiz de Zárate Responsable de hojas de aprecio y revisión jurídico-técnica
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