Nos envía lo que tenga
Nota simple, ficha catastral y, si la tiene, la cédula o el certificado urbanístico.
En Cantabria, la expropiación por ministerio de la ley está regulada en el artículo 114.3 de la Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria. Si su terreno está reservado para un uso público y la Administración no lo ha expropiado en el plazo legal, puede forzarla.
Le explicamos los plazos, qué terrenos entran, quién fija el precio y en qué hay que tener cuidado.
Cuando hayan pasado 4 años desde la aprobación del plan (la ley no lo precisa) sin que se haya iniciado la expropiación. Entonces debe hacer la advertencia y esperar 1 año. Después presenta su hoja de aprecio y, si en 3 meses no se acepta, acude al Jurado Provincial de Expropiación u órgano equivalente.
Terrenos no susceptibles de edificación y aprovechamiento privado que no deban cederse por no ser posible repartir beneficios y cargas.
Puede calcular sus fechas con la calculadora de plazos.
Si no hay acuerdo, el precio lo fija el Jurado Provincial de Expropiación u órgano equivalente.
Fecha de valoración: Al momento de la iniciación del expediente.Intereses: Se aplican las reglas generales de la Ley de Expropiación Forzosa.El suelo urbanizado sin edificabilidad privada se valora con la edificabilidad media y el uso mayoritario del ámbito homogéneo (art. 37.1.a de la ley estatal de suelo). Por eso la hoja de aprecio es decisiva: el Jurado no puede darle más de lo que usted pida.
Información orientativa a octubre de 2026. Comprobamos la redacción vigente de la norma en cada caso.
Trabajamos solo para propietarios. Precio cerrado, sin sorpresas.
| Servicio | Qué incluye | Precio |
|---|---|---|
| Estudio de su caso | Calificación del suelo, plazos, si cumple los requisitos y valor orientativo | Gratis |
| Tramitación completa | Advertencia, hoja de aprecio, Jurado y recursos | Sin adelantos: % de lo que cobre |
| Informe de valoración | Para defender el precio ante el Jurado | Incluido en la tramitación |
Precios más IVA.
Nota simple, ficha catastral y, si la tiene, la cédula o el certificado urbanístico.
Calificación, plazos de su comunidad, exclusiones y valor aproximado. Sin coste.
Advertencia, hoja de aprecio y defensa ante el Jurado. Cobramos cuando usted cobra.
Indique el municipio y la calificación del terreno. Le respondemos en 24 horas laborables.
4 años desde la aprobación del plan (la ley no lo precisa), más 1 año tras la advertencia y 3 meses tras la hoja de aprecio.
El Jurado Provincial de Expropiación u órgano equivalente, si la Administración no acepta la hoja de aprecio del propietario.
Se aplican las reglas generales de la Ley de Expropiación Forzosa.
El estudio inicial es gratuito. Si llevamos el caso, cobramos un porcentaje de lo que usted cobre, sin adelantos.
Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.