Valor de referencia

Recurrir el valor de referencia del Catastro en herencias y compraventas

Desde 2022, Hacienda cobra el impuesto de las herencias, donaciones y compraventas de inmuebles sobre el valor de referencia del Catastro. Si ese valor está por encima de lo que vale su finca, está pagando de más.

Se puede recurrir y recuperar la diferencia. En fincas rústicas los errores son frecuentes: cultivo equivocado, superficie que no se puede aprovechar o limitaciones que el Catastro no tiene en cuenta.

Art. 10 Ley de TransmisionesVía de impugnación
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¿Se puede recurrir el valor de referencia del Catastro?

Sí, pero no directamente: solo al recurrir la liquidación que practique Hacienda o pidiendo la rectificación de su autoliquidación del impuesto (art. 10 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y art. 9 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones). Hacienda pide entonces un informe vinculante al Catastro, que ratifica o corrige el valor a la vista de las pruebas que usted aporte. El plazo es de cuatro años desde que terminó el periodo para presentar el impuesto.

Valor de referencia

Qué es el valor de referencia y por qué paga de más

Es un valor que calcula el Catastro para cada inmueble a partir de precios de compraventas de la zona. Desde el 1 de enero de 2022 es la base mínima del impuesto en herencias, donaciones y compraventas: si usted declara menos, Hacienda le cobra sobre el valor de referencia.

El problema es que se calcula de forma masiva, por zonas y tipos de cultivo. No ve su finca concreta: si el terreno es peor que la media, tiene limitaciones o el Catastro tiene mal sus datos, el valor sale inflado.

Valor de referencia

Cuándo suele estar mal en fincas rústicas

  • Cultivo mal asignado: figura como regadío o frutal y es secano, erial o monte.
  • Superficie que no se aprovecha: caminos, ribazos, zonas encharcadas o pendientes.
  • Afecciones que reducen el valor: líneas eléctricas, servidumbres, zonas protegidas, vías pecuarias o dominio público.
  • Finca sin acceso o dividida por una carretera o un canal.
  • Superficie distinta de la real o linderos mal dibujados.

Muchas de estas diferencias se corrigen además en el propio Catastro. Ver errores en el Catastro.

Valor de referencia

Cómo se recurre

El valor de referencia no se recurre por separado (art. 10 de la Ley de Transmisiones Patrimoniales). Hay dos vías:

  • Si ya pagó (autoliquidación): se pide a Hacienda la rectificación de la autoliquidación y la devolución de lo pagado de más.
  • Si Hacienda le ha mandado una liquidación: recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra esa liquidación.

En ambos casos Hacienda pide al Catastro un informe vinculante que ratifica o corrige el valor según la documentación que aporte. Por eso la clave es la prueba: una valoración razonada de su finca, fotos, datos de cultivo y afecciones.

Valor de referencia

Calcule lo que puede recuperar

Indique el valor de referencia, lo que cree que vale su finca y el tipo del impuesto.

Valor de referencia

Plazos

  • Rectificación de la autoliquidación: mientras Hacienda no haya liquidado y no hayan pasado cuatro años desde que terminó el plazo para presentar el impuesto.
  • Recurso de reposición contra una liquidación: un mes desde la notificación.
  • Reclamación económico-administrativa: un mes desde la notificación.

Si heredó o compró una finca en los últimos cuatro años, aún está a tiempo de revisarlo.

Valor de referencia

Lo que necesitamos para estudiarlo

  • La autoliquidación o la liquidación del impuesto.
  • El certificado del valor de referencia (se descarga en la Sede del Catastro con la referencia catastral).
  • La escritura de compraventa, herencia o donación.
  • Fotos de la finca y lo que sepa de su cultivo, accesos y limitaciones.
Precios

Cuánto cuesta

Trabajamos solo para propietarios. Precio cerrado, sin sorpresas.

ServicioQué incluyePrecio
Estudio de su casoSi el valor está inflado y cuánto puede recuperarGratis
Escrito de rectificación o recursoRedacción y presentación ante Haciendadesde 350 €
Escrito con valoración de la fincaIncluye informe de valoración razonadodesde 590 €

Precios más IVA.

Cómo funciona

Cómo trabajamos

01

Nos envía el impuesto y el certificado

Con la referencia catastral es suficiente para empezar.

02

Revisamos el valor

Cultivo, superficie, afecciones y precios de la zona.

03

Pedimos la devolución

Rectificación o recurso, con la prueba que necesita el Catastro.

Respuesta en 24 horas laborables

Cuéntenos su caso

Indique el municipio, si fue herencia o compraventa y el valor de referencia. Le respondemos en 24 horas laborables.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Se puede recurrir el valor de referencia directamente ante el Catastro?

No. Solo se impugna al pedir la rectificación de la autoliquidación del impuesto o al recurrir la liquidación de Hacienda. El Catastro interviene con un informe vinculante.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Para pedir la rectificación, cuatro años desde que terminó el plazo de presentación del impuesto, si Hacienda no ha liquidado. Contra una liquidación, un mes.

¿Necesito un perito?

No es obligatorio. Lo importante es aportar pruebas que justifiquen un valor menor: una valoración razonada, fotos, datos de cultivo y afecciones.

¿Qué pasa si pagué por un valor mayor que el de referencia?

Si declaró o pagó más que el valor de referencia, el impuesto se calcula sobre lo mayor. Recurrir el valor de referencia no le ahorra nada.

¿Sirve para fincas urbanas y viviendas?

Sí, aunque nosotros nos centramos en fincas rústicas, solares y terrenos.

¿Y si somos varios herederos?

Cada heredero tributa por su parte, así que cada uno puede recuperar lo pagado de más. Podemos tramitar la rectificación de todos a la vez.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
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