Nos envía el contrato
Y la nota simple, si la tiene.
Miles de propietarios firmaron opciones, arrendamientos o derechos de superficie con promotoras solares y eólicas. Muchos proyectos se han quedado parados o han perdido sus permisos, pero el contrato sigue ahí: la finca no se puede vender ni alquilar a otro.
Revisamos su contrato y le decimos cómo salir de él y dejar la finca libre, también en el Registro.
Depende de lo que firmó. Si era una opción y venció el plazo sin ejercerla, el contrato queda sin efecto. Si es un arrendamiento con hitos o condiciones (obtener permisos, empezar la obra) que no se han cumplido, puede resolverse según sus cláusulas o por incumplimiento. Si está inscrito en el Registro, hay que cancelarlo: con consentimiento de la promotora, por caducidad cinco años después del vencimiento o por sentencia.
Entre 2019 y 2023 las promotoras firmaron miles de contratos para asegurarse terreno. Para mantener sus permisos de acceso a la red tenían que cumplir hitos administrativos en plazos fijos (Real Decreto-ley 23/2020). Muchos proyectos no los cumplieron, se vendieron a otra empresa o se quedaron parados.
El resultado: el propietario sigue atado a un contrato que no avanza, a veces cobrando poco o nada, y sin poder ofrecer la finca a nadie más.
La salida depende de cuál sea, de sus plazos y de si la promotora ha cumplido lo que prometió.
Responda a cuatro preguntas y le orientamos.
Si le llega una oferta nueva y su finca sigue atada al contrato antiguo, no firme todavía: podría estar comprometiendo la misma finca dos veces. Primero hay que dejarla libre. Si quiere saber cuánto pagan hoy, ver alquilar terreno para placas solares.
Trabajamos solo para propietarios. Precio cerrado, sin sorpresas.
| Servicio | Qué incluye | Precio |
|---|---|---|
| Revisión del contrato | Qué firmó y cómo salir | Gratis |
| Requerimiento y negociación | Escrito fehaciente y gestión con la promotora | desde 450 € |
| Cancelación registral o demanda | Si la promotora no colabora | A consultar |
Precios más IVA.
Y la nota simple, si la tiene.
Plazos, incumplimientos y registro.
Requerimiento, negociación y cancelación.
Indique el municipio, el nombre de la promotora y cuándo firmó. Le respondemos en 24 horas laborables.
Puede, pero si el contrato está inscrito el comprador tendrá que respetarlo, y aunque no lo esté puede acabar en un conflicto con la promotora. Por eso conviene liberarla antes de vender.
Se le requiere de forma fehaciente y, si está inscrito, se cancela por caducidad o con el expediente del registrador. Si hace falta, se acude al juzgado.
Depende del contrato. Los pagos por reserva de opción normalmente no se devuelven si la promotora no la ejerce.
La nueva empresa asume las obligaciones. Hay que dirigirse a ella.
Con acuerdo de la promotora, unas semanas. Si no colabora y hay que acudir al Registro o al juzgado, más.
Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.