Nos manda la notificación
El anuncio o la notificación del deslinde y la referencia catastral.
Las vías pecuarias (cañadas, cordeles y veredas) son caminos ganaderos de dominio público. Cuando la comunidad autónoma las deslinda, fija sus límites sobre el terreno y puede incluir dentro franjas que usted lleva años cultivando o que figuran en su escritura.
A diferencia de una expropiación, un deslinde no se paga. Por eso es importante defenderse durante el procedimiento y dentro de los plazos.
La resolución que aprueba el deslinde declara que el terreno incluido es de dominio público de la comunidad autónoma y sirve para rectificar las inscripciones del Registro de la Propiedad que la contradigan (art. 8 de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias). Si una parte de su finca queda dentro, puede perderla sin cobrar nada. Por eso conviene revisar el trazado y presentar alegaciones a tiempo.
La ley fija anchuras máximas: hasta 75 metros las cañadas, hasta 37,5 metros los cordeles y hasta 20 metros las veredas (art. 4 de la Ley 3/1995). La anchura concreta de cada vía la fija su acto de clasificación, a menudo muy antiguo. Comprobar que el deslinde respeta esa clasificación es uno de los primeros puntos a revisar.
La comunidad autónoma anuncia el inicio, realiza las operaciones materiales sobre el terreno con citación de los interesados, expone la propuesta y abre un plazo de alegaciones antes de aprobarlo. Si le llega una notificación o ve un anuncio en el boletín, guárdelo: marca sus plazos.
Durante el procedimiento puede presentar alegaciones con planos, escrituras, notas registrales e informes técnicos. Contra la resolución que aprueba el deslinde cabe recurso administrativo y, después, recurso contencioso-administrativo. Cuanto antes se aporte la documentación, mejor.
Si considera que el terreno es suyo, las acciones civiles para defender su titularidad prescriben a los cinco años desde la aprobación del deslinde (art. 8 de la Ley 3/1995). Pasado ese plazo, es muy difícil recuperar lo perdido.
Cuando un tramo ya no es útil para el ganado ni para usos compatibles, la comunidad autónoma puede desafectarlo (art. 10) o modificar el trazado garantizando su continuidad (art. 11). En algunos casos, negociar una modificación o una permuta es mejor salida que litigar.
Algunas comunidades piden anotar en el Registro que una finca puede verse afectada por un futuro deslinde. Esa nota puede dificultar vender o hipotecar. Si aparece en su nota simple, conviene revisarla.
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| Servicio | Qué incluye | Precio |
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| Revisión del expediente de deslinde | Comparamos trazado, clasificación, catastro y registro, y le decimos qué puede alegar. | A consultar |
| Escrito de alegaciones | Alegaciones al deslinde con la documentación de su finca. | Desde 350 € |
| Recurso contra el deslinde aprobado | Recurso administrativo contra la resolución. | Desde 350 € |
| Varios propietarios afectados | Un mismo deslinde suele afectar a muchas fincas. Precio por grupo. | A consultar |
Precios más IVA.
El anuncio o la notificación del deslinde y la referencia catastral.
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Adjunte la notificación o el anuncio. Le respondemos en 24 horas laborables con el precio y el plazo.
No. El deslinde no es una expropiación: declara que ese terreno ya era de dominio público. Por eso hay que defenderse en el procedimiento.
No siempre. El deslinde aprobado puede rectificar el Registro. Su escritura e inscripción son pruebas importantes, pero hay que hacerlas valer a tiempo.
El que indique la notificación o el anuncio del procedimiento. Revíselo en cuanto lo reciba.
Las acciones civiles prescriben a los cinco años desde la aprobación. Si está dentro de plazo, todavía hay opciones.
Sí. Los deslindes del dominio público hidráulico, de costas o las zonas de afección de carreteras siguen reglas parecidas. Cuéntenos su caso en el formulario.
También le puede interesar: deslinde de costas.
Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.