BOE · 24 agosto 2026 · EOL-72-2025

Somaloma-Las Quemadas: expropiaciones y servidumbres del parque eólico

La Dirección General de Industria, Energía y Minas de Cantabria ha otorgado la autorización administrativa previa, la autorización de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública del parque eólico Somaloma-Las Quemadas y su evacuación hasta Mataporquera.

43,2 MW 9 aerogeneradores 3 municipios DUP concedida
DUP
ConcedidaUtilidad pública
67
RegistrosEn la RBDA publicada
132
kVLínea de evacuación
3
MunicipiosCantabria
Fase actual

La utilidad pública ya está declarada y activa la urgente ocupación

La resolución publicada el 24 de agosto de 2026 otorga a EDP Renovables España, S.L.U. la AAP y la AAC y, en su apartado segundo, declara en concreto la utilidad pública del parque y de sus infraestructuras de evacuación.

Jurídicamente, esto supone que la declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Importante: el BOE de agosto de 2026 no abre un nuevo plazo general de 30 días para alegaciones sobre la RBDA. Ese trámite de información pública se realizó en agosto de 2025. La siguiente actuación expropiatoria puede materializarse mediante convocatorias posteriores, como las actas previas.
Proyecto autorizado

9 aerogeneradores y una evacuación de 132 kV hasta Mataporquera

El parque tiene una potencia instalada de 43,2 MW, con 9 aerogeneradores Nordex N133 de 4,8 MW cada uno. Los aerogeneradores se sitúan en Campoo de Enmedio y Valdeprado del Río.

La energía se conduce mediante líneas subterráneas de 30 kV hasta la SET Somaloma-Las Quemadas 30/132 kV. Desde allí, la evacuación a 132 kV discurre por dos tramos subterráneos de 1.154 m y 365 m y un tramo aéreo de 7.110 m con 23 apoyos hasta la subestación de Mataporquera.

Relación de bienes y derechos afectados

67 registros de afección en la relación oficial utilizada para la DUP

La resolución de 2026 remite expresamente a la relación publicada en el BOC de 7 de agosto de 2025 y en el BOE de 12 de agosto de 2025. El anexo contiene 67 filas de afección repartidas en tres bloques técnicos. No deben tratarse como 67 propietarios únicos.

Bloque de la RBDAMunicipiosRegistrosAfecciones publicadas
Acceso al parque eólicoCampoo de Enmedio9Viales y ocupación temporal
Línea subterránea de alta tensiónValdeprado del Río; Valdeolea3Servidumbre permanente, afección, ocupación temporal y pleno dominio
Línea aérea de alta tensiónValdeprado del Río; Valdeolea55Apoyos, vuelo, servidumbre de vigilancia, zona de no edificabilidad, accesos y campas
Total3 municipios67Registros técnicos, no titulares únicos
Detalle útil: por municipio, la relación contiene 9 registros en Campoo de Enmedio, 19 en Valdeprado del Río y 39 en Valdeolea. Son registros de la RBDA y no una afirmación sobre el número de propietarios.
Superficies que sí pueden sumarse dentro de cada tabla

La RBDA distingue viales, servidumbres, ocupación temporal y pleno dominio

Las columnas no son homogéneas entre los tres bloques, por lo que no es correcto fabricar una única cifra global de metros cuadrados. Sí pueden resumirse de forma separada algunas columnas de los bloques publicados.

4.487 m²

Viales de acceso al parque

La tabla de acceso al parque suma 4.487 m² de vial y 65 m² de ocupación temporal en 9 registros de Campoo de Enmedio.

1.598 m²

Ocupación temporal en línea subterránea

En los tres registros de la línea subterránea la columna de ocupación temporal suma 1.598 m².

Ver guía de ocupación temporal
204,1 m²

Servidumbre permanente subterránea

La columna de servidumbre permanente de paso suma 204,1 m²; además aparece una afección adicional de 114,1 m² y 2 m² de pleno dominio.

Ver guía de servidumbres
Línea aérea: el anexo usa varias columnas distintas -apoyos, vuelo, vigilancia y conservación, zona de no edificabilidad, accesos y campas-. Es preferible revisar la fila concreta de cada finca antes que sumar conceptos jurídicamente diferentes.
Por qué aparece un nuevo expediente

EOL-72-2025 sustituye la tramitación anterior anulada judicialmente

La autorización previa de 2023 fue anulada judicialmente. En mayo de 2025 el promotor presentó una nueva solicitud y se abrió el expediente EOL-72-2025, con nueva información pública y una nueva evaluación ambiental.

La relación publicada en agosto de 2025 corrigió errores y omisiones de una versión de 24 de julio de 2025 que llegó a exponerse brevemente en la web administrativa pero fue retirada. Para identificar la afección vigente conviene utilizar la RBDA de agosto de 2025 a la que remite expresamente la DUP de 2026.

Qué conviene revisar ahora

La DUP ya existe: la revisión debe centrarse en la afección concreta y la valoración

Con la utilidad pública concedida, el foco práctico cambia. Ya no se trata de una mera solicitud de DUP, sino de preparar correctamente las siguientes actuaciones expropiatorias y documentar el perjuicio real de la finca.

  • Polígono, parcela y referencia catastralComprobar que la finca coincide con la RBDA de agosto de 2025.
  • Apoyos y vueloRevisar si existen apoyos, vuelo de conductores y superficie realmente ocupada.
  • Servidumbres y no edificabilidadValorar las limitaciones permanentes que quedan sobre la finca.
  • Accesos, campas y ocupación temporalDocumentar superficies auxiliares, duración, reposiciones y daños.
  • Demérito del restoAnalizar si la afección reduce el valor o la funcionalidad de la parte no ocupada.
Qué puede venir después

Actas previas, ocupación y valoración expropiatoria

La declaración de utilidad pública ya habilita la urgente ocupación, pero la resolución publicada el 24 de agosto no fija en su texto un calendario individual de actas previas. Si se publica una convocatoria posterior, será un hito distinto que debe incorporarse a este expediente.

En la fase económica serán especialmente relevantes la hoja de aprecio, el justiprecio, la valoración de la servidumbre, la ocupación temporal y, cuando exista, el demérito del resto de finca.

Primera revisión gratuita

¿Su finca aparece en el expediente EOL-72-2025?

Envíenos municipio, polígono y parcela o la referencia catastral. Podemos contrastar cómo figura la finca en la relación oficial y qué tipo de afección se le atribuye.

Si posteriormente podemos asumir la gestión destinada a mejorar la valoración expropiatoria, trabajamos sin coste inicial y nuestros honorarios se vinculan a la mejora conseguida.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre Somaloma-Las Quemadas y la expropiación

¿La utilidad pública ya está concedida?

Sí. La resolución publicada en el BOE el 24 de agosto de 2026 concede la AAP, la AAC y declara en concreto la utilidad pública del parque y su infraestructura de evacuación.

¿Qué implica la DUP para las fincas afectadas?

La resolución indica que implica la necesidad de ocupación o adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

¿Cuál es la relación de bienes que se utiliza?

La propia DUP remite a la relación publicada en el BOC de 7 de agosto de 2025 y en el BOE de 12 de agosto de 2025, referencia BOE-B-2025-29418.

¿Cuántas fincas o propietarios hay?

El anexo contiene 67 registros técnicos de afección: 9 de acceso al parque, 3 de línea subterránea y 55 de línea aérea. No es correcto convertir automáticamente esas 67 filas en 67 propietarios únicos.

¿Hay ahora un nuevo plazo de 30 días para alegar?

No por el BOE de 24 de agosto de 2026. El periodo de información pública de 30 días se desarrolló en 2025. La resolución de 2026 es el acto que concede las autorizaciones y la DUP.

¿Ya hay fecha de actas previas?

La resolución publicada el 24 de agosto de 2026 no incorpora una convocatoria individual de actas previas. Si se publica una convocatoria posterior, debe revisarse de forma separada.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
Actualización4 de septiembre de 2026
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