BOCM · 19 agosto 2026 · Acuerdo 66/2026

Expropiaciones del PEIN de Brunete: colectores, bombeo y depuradora

La Comisión de Urbanismo de Madrid ha aprobado definitivamente el proyecto de expropiación del PEIN del PGOU de Brunete para el colector 6, el doblado del colector B1 y la estación de bombeo con depuradora provisional. El acuerdo confirma la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación e inicia los expedientes expropiatorios por tasación conjunta.

Acuerdo 66/2026Tasación conjuntaUrgente ocupaciónBrunete
1
MunicipioBrunete
3
ActuacionesColector 6 · B1 · bombeo/EDAR
61.013 €
Valoración globalProyecto de expropiación
TJ
ProcedimientoTasación conjunta
Fase actual

El proyecto de expropiación ya está aprobado definitivamente

El Acuerdo 66/2026 aprueba definitivamente el proyecto de expropiación y dispone que los expedientes se sigan por el procedimiento de tasación conjunta previsto en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Además, la aprobación conlleva la confirmación de la utilidad pública de las obras y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, e inicia los correspondientes expedientes expropiatorios.

Importante: este acuerdo no es una simple fase de información pública ni una mera solicitud de utilidad pública. La aprobación definitiva ya se ha producido. Tampoco fija en el texto publicado una fecha general de actas previas para todos los afectados: la siguiente referencia clave es la notificación individual a cada titular.
Actuaciones incluidas

Colector 6, doblado del colector B1 y bombeo con depuradora provisional

El proyecto de expropiación se vincula a tres actuaciones del PEIN de Brunete: el colector 6, el doblado del colector B1 y la estación de bombeo y depuradora provisional de aguas residuales.

Al tratarse de un expediente urbanístico por tasación conjunta, no debe confundirse la valoración global del proyecto con la indemnización de una finca concreta. Cada propietario debe comprobar qué bien o derecho aparece afectado, cuál es la valoración individual y qué conceptos se han incluido.

Organismo expropianteAyuntamiento de Brunete
BeneficiariosJunta de Compensación SR-1 “Primera Corona” y Junta de Compensación SR-5 “Ensanche Sur”
Relación de bienes y derechos

Cómo comprobar si una parcela está afectada

El Acuerdo 66/2026 incorpora como anexo la relación de bienes y derechos afectados. En el PDF oficial la tabla se publica como documentación anexa, pero su extracción automática no permite reconstruir con fiabilidad todas las columnas y superficies sin riesgo de mezclar datos.

Por eso, para una comprobación segura conviene contrastar la notificación individual, la referencia catastral, la parcela, la superficie o derecho afectado y la valoración asignada. Si alguno de esos datos no coincide con la realidad material o registral de la finca, debe revisarse antes de aceptar la valoración.

Si no está de acuerdo

La valoración individual puede discutirse dentro del procedimiento

El acuerdo establece que los titulares serán notificados individualmente y que quienes manifiesten disconformidad con la valoración presentarán sus escritos y valoraciones ante la Comisión de Urbanismo de Madrid.

La propia resolución prevé que los expedientes individualizados puedan remitirse al Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 202.8 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Primera revisión gratuita

¿Su finca aparece en el PEIN de Brunete?

Envíenos la notificación, referencia catastral o identificación de la parcela. Podemos revisar el Acuerdo 66/2026 y comprobar qué actuación le afecta, qué valoración figura y qué puntos conviene revisar antes de darla por correcta.

Si posteriormente podemos asumir la gestión destinada a mejorar la valoración expropiatoria, trabajamos sin coste inicial y nuestros honorarios se vinculan a la mejora conseguida.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la expropiación del PEIN de Brunete

¿El proyecto de expropiación ya está aprobado?

Sí. La Comisión de Urbanismo de Madrid lo aprobó definitivamente el 23 de julio de 2026 y el Acuerdo 66/2026 se publicó en el BOCM el 19 de agosto.

¿Existe urgente ocupación?

Sí. El acuerdo confirma expresamente la utilidad pública de las obras y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

¿Quién expropia?

El organismo expropiante es el Ayuntamiento de Brunete. Los beneficiarios identificados son las Juntas de Compensación de los sectores SR-1 “Primera Corona” y SR-5 “Ensanche Sur”.

¿Qué significa la valoración de 61.013,06 €?

Es la valoración global de los bienes y derechos incluidos en el proyecto de expropiación. No representa el justiprecio de una finca concreta.

¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con mi valoración?

El acuerdo prevé que los interesados disconformes presenten sus escritos y valoraciones ante la Comisión de Urbanismo de Madrid y que los expedientes individualizados puedan remitirse al Jurado Territorial de Expropiación.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
Actualización5 de septiembre de 2026
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