BOE · 13 agosto 2026 · CG-871

PSF Ronda 4: expropiaciones y servidumbres en Teba y Cañete la Real

La Junta de Andalucía ha declarado en concreto la utilidad pública de la planta fotovoltaica PSF Ronda 4 y de su línea subterránea de evacuación de 30 kV. La declaración implica la necesidad y urgente ocupación de los bienes y derechos incluidos en la relación final del expediente CG-871.

CG-871DUP otorgadaUrgente ocupaciónTeba + Cañete la Real
64
Registros de líneaRelación final del anexo
39
TebaRegistros de línea
25
Cañete la RealRegistros de línea
8,5
km de línea30 kV soterrada
Fase actual

Utilidad pública ya declarada: el expediente entra en fase expropiatoria urgente

La resolución publicada el 13 de agosto de 2026 no es una mera información pública. Declara en concreto la utilidad pública de la PSF Ronda 4 y de su línea de evacuación y establece que la entidad promotora, Cobra Concesiones, S.L., adquiere la condición de beneficiaria del expediente expropiatorio.

La propia resolución precisa que la declaración lleva implícitas la necesidad de ocupación y la urgente ocupación. El trámite general de información pública de la solicitud de DUP ya finalizó y las alegaciones formuladas fueron resueltas.

Siguiente hito a vigilar: la convocatoria individual y pública de las actas previas a la ocupación. A 5 de septiembre de 2026 no hemos localizado una convocatoria posterior para CG-871 en las fuentes oficiales revisadas.
Proyecto autorizado

47,19 MW instalados y una evacuación soterrada de 8.513 metros

La planta PSF Ronda 4 se sitúa en Teba. La autorización administrativa previa fija una potencia instalada de 47,19 MW y una potencia nominal de 45 MW. La evacuación conecta la planta con la SET Ronda Promotores FV 220/30 kV.

El proyecto de la línea autorizado en 2025 contempla 8.513 metros de línea subterránea de 30 kV entre Teba y Cañete la Real. El soterramiento deriva del condicionado ambiental que sustituyó el planteamiento inicial de línea aérea.

Relación final de bienes y derechos

64 registros de línea y 2 registros adicionales de acceso a planta

Para no inflar artificialmente el número de fincas, distinguimos las dos tablas del anexo. Los dos registros de acceso a la planta repiten referencias catastrales que también aparecen en la relación de la línea.

Bloque oficialMunicipioRegistrosQué publica
LSMT Ronda 4Teba39Zanja de línea, zona de seguridad y ocupación temporal
LSMT Ronda 4Cañete la Real25Zanja de línea, zona de seguridad y ocupación temporal
Ocupación PFV Ronda 4Teba2Superficie necesaria para acceso; son dos referencias ya presentes en la tabla LSMT
Cómo comprobar su caso: busque en su notificación o escritura el municipio, polígono, parcela o referencia catastral. El número de registros técnicos no equivale al número de propietarios únicos.
Qué conviene revisar

La servidumbre puede afectar más que la superficie estricta de la zanja

En una línea soterrada es importante comprobar la anchura y posición real de la zanja, la zona de seguridad, las limitaciones de uso futuras, la ocupación temporal durante las obras, los accesos de maquinaria y cualquier perjuicio sobre cultivos, explotación o resto de finca.

La propia resolución recuerda que los perjuicios económicos que procedan deben discutirse en la fase de justiprecio. Por eso conviene documentar el estado previo de la finca antes de la ocupación.

Primera revisión gratuita

¿Su finca aparece en la PSF Ronda 4 o en su línea de evacuación?

Envíenos municipio, polígono y parcela o referencia catastral. Podemos comprobar cómo aparece en la relación oficial y qué tipo de afección se ha publicado para ese terreno.

Si posteriormente podemos asumir la gestión destinada a mejorar la valoración expropiatoria, trabajamos sin coste inicial y nuestros honorarios se vinculan a la mejora conseguida.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la expropiación PSF Ronda 4

¿La utilidad pública ya está concedida?

Sí. La resolución de 20 de julio de 2026 declara en concreto la utilidad pública de la PSF Ronda 4 y su línea de evacuación y fue publicada en el BOE el 13 de agosto de 2026.

¿Eso significa que existe urgente ocupación?

Sí. La propia resolución indica que la declaración implica la necesidad y la urgente ocupación de los bienes y derechos del anexo a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

¿Cuántas fincas están afectadas?

El anexo final contiene 64 registros de la línea: 39 en Teba y 25 en Cañete la Real. Añade 2 registros de acceso a la planta en Teba que repiten dos referencias catastrales ya incluidas en la tabla de la línea. Por eso no es correcto presentar 66 como 66 fincas únicas.

¿Ya hay fecha de actas previas?

No hemos localizado una convocatoria posterior de actas previas para el expediente CG-871 en las fuentes oficiales revisadas hasta el 5 de septiembre de 2026. La página se actualizará cuando se publique ese hito.

¿Qué debo revisar si la línea es subterránea?

La superficie y trazado de la zanja, la zona de seguridad, la ocupación temporal, los accesos de obra y las limitaciones futuras de uso, además de los daños o perjuicios sobre la explotación y el resto de finca.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
Actualización5 de septiembre de 2026
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