Fotovoltaica · Guadalajara

Expropiaciones de la planta solar Acequia Solar en Valdenoches y Tórtola de Henares

Acequia Solar, S.L.U. modifica su planta fotovoltaica de 44 MW, que se reubica en la pedanía de Valdenoches (Guadalajara) para hacerla compatible con el Plan de Infraestructura Verde aprobado por el Ayuntamiento. Tendrá 72,6 hectáreas de vallado y unos 26,6 km de líneas subterráneas de 30 kV por Tórtola de Henares hasta la subestación Taracena. El BOE de 17 de septiembre de 2026 abre la información pública con solicitud de declaración de utilidad pública: la relación recoge un centenar de titularidades.

Valdenoches · Tórtola de HenaresFotovoltaica 44 MWAlegaciones hasta 30/10 aprox.

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Fase actual

Información pública: plazo hasta el 30 de octubre de 2026 (aprox.)

Las alegaciones se dirigen a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara (Avenida de Francia, 18) y pueden presentarse por el Registro Electrónico General o en la oficina de registro de la Subdelegación. La documentación puede consultarse con cita previa (industria.guadalajara@correo.gob.es). El plazo es de 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación: terminaría hacia el 30 de octubre.

La planta ocupa de forma permanente la superficie de las parcelas incluidas en ella. Para las líneas que van fuera del vallado se impone una servidumbre de canalización de 3 m de ancho y, durante la obra, una franja de ocupación temporal de 5 y 4 m a cada lado. La subestación Taracena y las líneas de 220 kV hacia Alcalá de Henares ya no forman parte de este expediente: se tramitan con la planta Vega Solar (PFot-601).

Qué puede hacerse ahora: revisar la relación (titular, superficie, tipo de afección), presentar alegaciones antes del 30 de octubre y, si la promotora le ofrece un contrato, revisarlo antes de firmar.
Zona afectada

Fincas de Valdenoches (Guadalajara) y Tórtola de Henares

La planta se sitúa en el polígono 501 de Valdenoches; las líneas de 30 kV cruzan los polígonos 4, 5, 7 y 8 de Tórtola de Henares y 501 y 504 de Guadalajara.

InstalaciónTipo de afecciónMunicipios
Planta fotovoltaica Acequia Solar (72,6 ha de vallado)Ocupación permanenteGuadalajara (Valdenoches)
Líneas subterráneas de 30 kV (26,6 km)Servidumbre de canalización de 3 m y ocupación temporal durante la obraTórtola de Henares y Guadalajara

Para localizar su finca, busque su polígono y parcela en la relación de bienes y derechos del anuncio oficial, o envíenos esos datos y lo comprobamos.

Antes de firmar

Si la promotora le ofrece comprar o alquilar

Lo habitual es que la promotora intente cerrar un acuerdo con cada propietario antes de expropiar: compra, alquiler o derecho de superficie, normalmente a 25 o 30 años. Puede ser una buena salida, pero conviene leer el contrato con calma antes de firmar.

Fíjese sobre todo en la duración y las prórrogas, la renta y cómo se actualiza, quién desmonta los paneles, las estructuras y las líneas al final y si hay cláusulas que permiten a la empresa irse antes sin indemnizar. Un mal contrato puede salir peor que la expropiación.

Más información: contratos con promotoras renovables y contrato de arrendamiento para placas solares.

¿No está de acuerdo con el proyecto?

Qué se puede alegar y hasta cuándo

Si no quiere que la planta o la línea ocupen su finca, ahora es el momento: en esta fase se puede alegar contra la declaración de utilidad pública y contra el proyecto, hasta el 30 de octubre, aprox.

Se puede alegar, por ejemplo, que la relación tiene errores (titular, superficie, tipo de afección); que hay un emplazamiento o un trazado que perjudica menos, por lindes, caminos o terrenos ya alterados; que se afecta a regadíos, pozos, naves o viviendas, o que la parte que queda deja de ser explotable; y las cuestiones ambientales y de distancias del proyecto.

Alegar no garantiza que el proyecto cambie, pero es el momento de hacerlo y deja la base para recurrir después. Si lo prefiere, le preparamos el escrito de alegaciones u oposición a precio cerrado. Más información: cómo oponerse a una expropiación y escritos de expropiación.

Qué conviene revisar

Lo que publica el boletín no siempre es todo lo que se debe pagar

La relación publicada da los metros afectados de cada finca, pero no el valor. La oferta de la beneficiaria puede quedarse corta: no siempre incluye los cultivos y su pérdida de renta, el arbolado, los pozos o cerramientos, el demérito del resto de la finca ni los perjuicios de la ocupación temporal.

En una planta solar, la parte ocupada no puede cultivarse durante décadas; si lo que queda de la finca no es aprovechable, puede pedirse la expropiación total. En las líneas, la franja de servidumbre limita lo que puede hacerse encima y la obra causa daños a cultivos y caminos que también se pagan.

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    Datos de la fincaPolígono, parcela, titular y superficie publicados.
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    Tipo de afecciónOcupación permanente, servidumbre de canalización u ocupación temporal.
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    Bienes no recogidosCultivos, arbolado, pozos, cerramientos, accesos.
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    PlazosAlegaciones hasta el 30/10/2026 aprox. (30 días hábiles); después, actas previas.
Siguientes pasos

Qué pasará después con su finca

Cuando se resuelva la declaración de utilidad pública, se convocará a cada propietario al acta previa a la ocupación, con día y hora. Después llegarán el depósito previo, la ocupación y el requerimiento para presentar la hoja de aprecio; si no hay acuerdo, el justiprecio lo fija el Jurado de Expropiación.

Consulta gratuita

¿Su finca aparece en la planta solar Acequia Solar?

Envíenos el municipio, polígono y parcela o la notificación que haya recibido. Le decimos cómo aparece su finca, qué plazos tiene y si la afección publicada parece correcta.

Si vemos margen para mejorar la indemnización y decide que llevemos el caso, no hay adelantos: cobramos solo sobre la mejora conseguida. Si la oferta es razonable, se lo diremos.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la planta solar Acequia Solar

¿Cómo sé si mi finca está afectada?

Busque su polígono y parcela en la relación de bienes del BOE-B-2026-30098 o envíenos esos datos y lo comprobamos sin coste.

¿Hasta cuándo puedo presentar alegaciones?

El plazo es de 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE (17 de septiembre de 2026): aproximadamente hasta el 30 de octubre de 2026. Conviene no apurarlo.

¿Puedo oponerme a que la planta o la línea pasen por mi finca?

Sí. En esta fase se puede alegar contra la declaración de utilidad pública y proponer un emplazamiento o un trazado que perjudique menos. Alegar no garantiza que el proyecto cambie, pero es el momento de hacerlo y deja la base para recurrir después. Si lo prefiere, le preparamos el escrito a precio cerrado.

¿Me conviene firmar el contrato que me ofrece la promotora?

Depende de las condiciones: duración y prórrogas, renta y su actualización, quién desmonta las instalaciones al final y si la empresa puede irse antes sin indemnizar. Revisamos la oferta sin coste antes de que firme.

¿Afecta a Santorcaz, Los Santos de la Humosa o Alcalá de Henares?

No en este expediente. La línea de 220 kV hacia Alcalá se ha transmitido al promotor de Vega Solar y se tramita en el expediente PFot-601. Esta información pública solo afecta a Guadalajara (Valdenoches) y Tórtola de Henares.

¿Cuánto cuesta que lo revisen?

La consulta es gratuita. Si llevamos el caso de la indemnización, cobramos solo un porcentaje de la mejora conseguida, sin adelantos. Los escritos de alegaciones u oposición van a precio cerrado.

Más proyectos: expropiaciones en curso en España.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
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