Fotovoltaica · Zaragoza

Expropiaciones de la planta solar Los Vientos I en Alfamén y Muel

AES Project X, S.L. tramita la planta fotovoltaica Los Vientos I (54,52 MW) en Alfamén y su evacuación: la subestación Abei 66/30 kV, una línea subterránea de 66 kV de unos 9,2 km hasta Muel y la subestación Cleo 220/66/30 kV, compartida con otro promotor. El BOE de 16 de septiembre de 2026 abre la información pública de las modificaciones y de la declaración de utilidad pública: la relación recoge unas 105 titularidades.

Alfamén · MuelFotovoltaica 54,5 MWAlegaciones hasta 29/10 aprox.

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Fase actual

Información pública: plazo hasta el 29 de octubre de 2026 (aprox.)

Las alegaciones se presentan ante el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza (Plaza del Pilar, 13), en el Registro Electrónico General o en cualquier registro oficial. Las sociedades y demás personas jurídicas están obligadas a presentarlas por vía electrónica. El plazo es de 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación: terminaría hacia el 29 de octubre.

En la planta, la relación recoge la superficie que queda dentro del vallado y los viales de acceso. En la evacuación, la subestación, la zanja de la línea de 66 kV con su franja de servidumbre permanente, las cámaras de empalme y la ocupación temporal de la obra.

Qué puede hacerse ahora: revisar la relación (titular, superficie, tipo de afección), presentar alegaciones antes del 29 de octubre y, si la promotora le ofrece un contrato, revisarlo antes de firmar.
Zona afectada

Fincas de Alfamén y Muel

La relación tiene tres partes: la planta en Alfamén, la evacuación en Alfamén y la evacuación en Muel.

InstalaciónTipo de afecciónMunicipios
Planta fotovoltaica Los Vientos ISuperficie dentro del vallado y viales de accesoAlfamén
Subestación Abei 66/30 kVOcupación de la subestación y camino de accesoAlfamén
Línea subterránea de 66 kV (9,2 km)Zanja, servidumbre permanente, cámaras de empalme y ocupación temporalAlfamén y Muel
Subestación Cleo 220/66/30 kV y línea de 220 kV (316 m)Ocupación permanente, servidumbre y ocupación temporalMuel

Para localizar su finca, busque su polígono y parcela en la relación de bienes y derechos del anuncio oficial, o envíenos esos datos y lo comprobamos.

Antes de firmar

Si la promotora le ofrece comprar o alquilar

Lo habitual es que la promotora intente cerrar un acuerdo con cada propietario antes de expropiar: compra, alquiler o derecho de superficie, normalmente a 25 o 30 años. Puede ser una buena salida, pero conviene leer el contrato con calma antes de firmar.

Fíjese sobre todo en la duración y las prórrogas, la renta y cómo se actualiza, quién desmonta los paneles, las estructuras y las líneas al final y si hay cláusulas que permiten a la empresa irse antes sin indemnizar. Un mal contrato puede salir peor que la expropiación.

Más información: contratos con promotoras renovables y contrato de arrendamiento para placas solares.

¿No está de acuerdo con el proyecto?

Qué se puede alegar y hasta cuándo

Si no quiere que la planta o la línea ocupen su finca, ahora es el momento: en esta fase se puede alegar contra la declaración de utilidad pública y contra el proyecto, hasta el 29 de octubre, aprox.

Se puede alegar, por ejemplo, que la relación tiene errores (titular, superficie, tipo de afección); que hay un emplazamiento o un trazado que perjudica menos, por lindes, caminos o terrenos ya alterados; que se afecta a regadíos, pozos, naves o viviendas, o que la parte que queda deja de ser explotable; y las cuestiones ambientales y de distancias del proyecto.

Alegar no garantiza que el proyecto cambie, pero es el momento de hacerlo y deja la base para recurrir después. Si lo prefiere, le preparamos el escrito de alegaciones u oposición a precio cerrado. Más información: cómo oponerse a una expropiación y escritos de expropiación.

Qué conviene revisar

Lo que publica el boletín no siempre es todo lo que se debe pagar

La relación publicada da los metros afectados de cada finca, pero no el valor. La oferta de la beneficiaria puede quedarse corta: no siempre incluye los cultivos y su pérdida de renta, el arbolado, los pozos o cerramientos, el demérito del resto de la finca ni los perjuicios de la ocupación temporal.

En una planta solar, la superficie que queda dentro del vallado no puede cultivarse durante décadas; si lo que queda de la finca no es aprovechable, puede pedirse la expropiación total. En la línea, la franja sobre la zanja limita lo que puede hacerse encima.

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    Datos de la fincaPolígono, parcela, titular y superficie publicados.
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    Tipo de afecciónPlanta (vallado y viales) o línea (zanja, servidumbre, ocupación temporal).
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    Bienes no recogidosCultivos, arbolado, pozos, cerramientos, accesos.
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    PlazosAlegaciones hasta el 29/10/2026 aprox. (30 días hábiles); después, actas previas.
Siguientes pasos

Qué pasará después con su finca

Cuando se resuelva la declaración de utilidad pública, se convocará a cada propietario al acta previa a la ocupación, con día y hora. Después llegarán el depósito previo, la ocupación y el requerimiento para presentar la hoja de aprecio; si no hay acuerdo, el justiprecio lo fija el Jurado de Expropiación.

Consulta gratuita

¿Su finca aparece en la planta solar Los Vientos I?

Envíenos el municipio, polígono y parcela o la notificación que haya recibido. Le decimos cómo aparece su finca, qué plazos tiene y si la afección publicada parece correcta.

Si vemos margen para mejorar la indemnización y decide que llevemos el caso, no hay adelantos: cobramos solo sobre la mejora conseguida. Si la oferta es razonable, se lo diremos.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la planta solar Los Vientos I

¿Cómo sé si mi finca está afectada?

Busque su polígono y parcela en la relación de bienes del BOE-B-2026-30030 o envíenos esos datos y lo comprobamos sin coste.

¿Hasta cuándo puedo presentar alegaciones?

El plazo es de 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE (16 de septiembre de 2026): aproximadamente hasta el 29 de octubre de 2026. Conviene no apurarlo.

¿Puedo oponerme a que la planta o la línea pasen por mi finca?

Sí. En esta fase se puede alegar contra la declaración de utilidad pública y proponer un emplazamiento o un trazado que perjudique menos. Alegar no garantiza que el proyecto cambie, pero es el momento de hacerlo y deja la base para recurrir después. Si lo prefiere, le preparamos el escrito a precio cerrado.

¿Me conviene firmar el contrato que me ofrece la promotora?

Depende de las condiciones: duración y prórrogas, renta y su actualización, quién desmonta las instalaciones al final y si la empresa puede irse antes sin indemnizar. Revisamos la oferta sin coste antes de que firme.

¿Cómo presentan las alegaciones las empresas?

Las sociedades están obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, así que deben presentar sus alegaciones por el Registro Electrónico General o por la sede electrónica, no en papel.

¿Cuánto cuesta que lo revisen?

La consulta es gratuita. Si llevamos el caso de la indemnización, cobramos solo un porcentaje de la mejora conseguida, sin adelantos. Los escritos de alegaciones u oposición van a precio cerrado.

Más proyectos: expropiaciones en curso en España.

Revisión editorial

Contenido revisado por Legalia Expropiaciones

Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.

Autor Equipo especializado en expropiaciones
Revisión editorial Legalia Expropiaciones Equipo especializado en expropiaciones
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