Nos envía lo que tenga
La notificación, el anuncio del boletín, la escritura, la nota simple o una foto del poste. Con lo que haya basta para empezar.
La escritura dice una superficie y la realidad otra. Hay una carretera, una valla de ADIF, una tubería o una línea que nadie mencionó en la compraventa o en la herencia. ¿Se expropió? ¿Se pagó? ¿Sigue pagando IBI por terreno que no es suyo?
Le ayudamos a aclararlo con escritos concretos a precio cerrado y le decimos si hay algo que reclamar.
Se puede comprar la parte que no se expropió, y también una finca con una expropiación en marcha: el comprador se subroga en la posición del vendedor y debe acreditarlo ante la Administración para que le notifiquen y le paguen a él. Antes de firmar, compruebe la nota simple, el Catastro y los boletines oficiales.
Nota simple del Registro (cargas, superficie, notas marginales), cartografía del Catastro, consulta urbanística y búsqueda del municipio y la parcela en anuncios de expropiación del BOE y del boletín provincial. Si hay una carretera o una vía cerca, recuerde las zonas de protección: junto a una carretera del Estado no se puede edificar a menos de 25 metros (convencionales) o 50 metros (autovías) de la calzada (art. 33 de la Ley 37/2015).
El expediente se entiende con quien figura como titular en el Registro o el Catastro (art. 3 LEF). Si la finca ha cambiado de manos, hay que acreditar cuanto antes la compra o la herencia ante la Administración expropiante para que le tengan como interesado. Si no, pueden notificar y pagar al anterior dueño.
Normalmente cobró quien era propietario entonces. Lo que sí suele quedar pendiente es actualizar el Registro y el Catastro. Es frecuente seguir pagando IBI por la superficie expropiada: se puede pedir la corrección y la devolución de lo pagado de más dentro del plazo de prescripción, normalmente cuatro años.
Si la obra nunca se hizo o sobró terreno, puede existir derecho de reversión para los causahabientes del dueño original (art. 54 LEF).
Si el vendedor ocultó una afección relevante, puede haber acciones civiles contra él. Eso ya no es un escrito administrativo y requiere un estudio aparte; se lo indicaremos si lo vemos.
Precio cerrado por escrito. Los escritos destinados a reclamar una indemnización se presupuestan a medida: le explicamos los honorarios según su caso. Ver todos los escritos.
| Escrito | Precio |
|---|---|
| Solicitud del expediente (incluye certificados, Catastro e IBI) | 350 € |
| Acreditar la titularidad y personarse como interesado | 350 € |
| Corrección del Catastro y devolución del IBI | Incluida en el escrito del expediente |
| Requerimiento a la compañía de la línea o tubería | 350 € |
| Certificados del expediente o del pago | Incluidos en el escrito del expediente |
| Solicitud de reversión | 450 € |
Precios por escrito, más IVA. Un único escrito puede ir a nombre de todos los titulares o herederos. Juicios y peritos, presupuesto aparte.
La notificación, el anuncio del boletín, la escritura, la nota simple o una foto del poste. Con lo que haya basta para empezar.
Le decimos si el escrito tiene sentido en su caso, cuánto cuesta y cuándo estará. Si vemos que no le sirve, se lo decimos antes de cobrar.
Escrito a medida, con la norma y los argumentos de su caso. No es un modelo genérico.
Le explicamos dónde y cómo. Si nos da su representación, lo presentamos y seguimos la respuesta.
Adjunte la notificación, el anuncio, la escritura, la nota simple o una foto. Le respondemos en 24 horas laborables con el escrito que recomendamos, su precio cerrado y el plazo. Si vemos que no le sirve, se lo decimos antes de cobrar.
Acreditar cuanto antes la compra o la herencia ante la Administración expropiante para que le tengan como interesado. Es un escrito de 350 € + IVA.
Se puede pedir la devolución de lo pagado de más dentro del plazo de prescripción, normalmente cuatro años. La corrección del Catastro y la petición de devolución van incluidas en nuestro escrito del expediente (350 € + IVA).
Lo dirá el expediente. Normalmente quien era titular en ese momento.
Mire la nota simple (servidumbres inscritas), el terreno (postes, arquetas, tuberías, caminos) y pregunte a las compañías. Las servidumbres aparentes pueden existir aunque no estén inscritas.
También le puede interesar: informe de qué se puede hacer en un terreno rústico.
Este contenido se ha preparado con enfoque práctico para propietarios afectados por expropiaciones, servidumbres, ocupaciones temporales, hojas de aprecio y revisiones de justiprecio.